lunes, 22 de febrero de 2010

Ya está en vigor el nuevo Decreto de Dependencia de Galicia

La nueva normativa reduce los tiempos de tramitación

Fecha: 22 febrero 2010
Fuente: Xunta de Galicia


Ya está en vigor el nuevo Decreto regulador del procedimiento para reconocer la situación de dependencia en la Comunidad Autónoma de Galicia. (Publicado en el DOG del viernes 19 de febrero de 2010)

El texto incluye diversas novedades, orientadas a optimizar los recursos, mejorar la calidad del servicio y agilizar todo el proceso de tramitación y, en definitiva, a dar una mejor respuesta a las personas dependientes.

Reducción de plazos de tramitación

Los plazos de tramitación se reducen de doce a seis meses, evitando la excesiva burocratización. Para eso, se regula la posibilidad de emplear medios telemáticos, informáticos y electrónicos, al tiempo que se otorga a los ayuntamientos un papel fundamental, ya que de ellos es de donde parten preferentemente las solicitudes de valoración.

Al iniciarse el procedimiento se pedirá toda la documentación, sin tener que reclamar la intervención del interesado más que en los puntos que sean estrictamente necesarios.

Priorización de solicitantes con un grado de dependencia más elevado

A partir de ahora se priorizará la atención a los solicitantes con un grado de dependencia más elevado, y no por rigurosa orden de entrada.

Adelanto de pagos

Los pagos se sistematizarán para evitar posibles retrasos. Hasta el momento en cada expediente era necesario comprobar la justificación del gasto antes de pagarlo. El decreto permite pagar la cuantía y, a posteriori, comprobar se existe algún problema o alguna irregularidad. Por lo tanto, a partir de ahora el pago y el control de gasto irá en paralelo, pero por dos vías distintas y no por una sola, como hasta ahora.

Nuevo procedimiento para casos de emergencia

La norma introduce la regulación de un procedimiento de casos de emergencia, estableciendo un guión a seguir en situaciones de desamparo, maltrato o importante deterioro físico o psíquico, para atender estos casos de manera prácticamente inmediata.

Reconocimiento del derecho a prestaciones a solicitantes fallecidos

Se reconoce el derecho a las prestaciones económicas de los solicitantes fallecidos. Con la inclusión de este apartado, Galicia es de las primeras comunidades en reconocer el derecho a los fallecidos.

Modalidades de servicio

El decreto se encamina a la prestación de servicios (residencias, centros de día...), estableciendo paulatinamente como recurso subsidiario y excepcional la prestación económica.

Decreto 15/2010, de 4 de febrero, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, el procedimiento para la elaboración del Programa Individual de Atención y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competentes. (DOG, 19 de febrero de 2010)

Socialia.org

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Buscar este blog